RGI

Como veis hoy de nuevo en los medios de comunicación, se anuncia la suspensión de la RGI a 3.637 personas que supuestamente han incumplido la ley ya que, en palabras de la Consejera de Empleo y AASS “ se han negado a tomar parte en planes de activación para el empleo, que no han podido ser localizados o que, simplemente, no acudieron a la cita que habían cerrado con su orientador en alguna de las oficinas de Lanbide”.

En las entidades sociales probablemente conocéis más de una personas que se va encontrar os e encuentra ya en esta situación y que, conociendo a fondo el caso, no debería ver extinguida su ayuda. En la asamblea de EAPN Euskadi del pasado 15 de Junio, el propio Ararteko nos invitó a presentar estos casos ante su oficina cuanto antes. Hizo hincapié en que los casos se presenten cuando se puedan aportar pruebas y no haya discurrido mucho tiempo para que ellos también lo puedan seguir y denunciar.

Por todo ello os invito a que presentéis estos casos al Ararteko, allí hay dos personas que están gestionando este tipo de denuncias y que están apoyando a las personas y a las entidades sociales a defender los casos en los que esta suspensión es injusta y deja a las personas completamente desprotegidas y en situación de exclusión social. Este es el procedimiento:

  • Para formular queja frente a una actuación concreta que afecta a una persona es mejor que la presente la persona a su nombre porque se dirigirían con sus datos a pedir información.
  • Otra cosa es que la entidad le ayude a formular la queja ya que se puede presentar rellenando un formulario desdela página web del Ararteko y adjuntado documentos (también se puede por correo, fax o yendo a cualquiera de las tres oficinas). Se puede poner la referencia de la entidad que está haciendo el seguimiento para facilitar la interlocución pero puesto que los datos son de la persona es preferible que ella sea la que la presente (la firme).

Sanidad

Por otro lado, se ha publicado el Decreto 114/2012, de 26 de junio, sobre régimen de las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el que se restringe el derecho de las personas a recibir las prestaciones de la cartera de servicios del Sistema Vasco de Salud de modo que tienen que estar empadronadas en cualquiera de los municipios de Euskadi en el que tengan su domicilio habitual, por un periodo continuado de, al menos, un año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud de reconocimiento de la asistencia sanitaria. Sino tiene que ser perceptores de la RGI.

Desde EAPN Euskadi estamos trabajando este tema dentro de ekaIN a través del grupo de trabajo sobre el espacio socio-sanitario. Y además, puesto que todo lo que compete a inmigración dentro de ekaIN está liderado y dinamizado por Harresiak Apurtuz, la Coordinadora de Apoyo a inmigrantes, desde EAPN Euskadi nos hemos sumado y adherido al manifiesto que aquí adjuntamos (http://www.harresiak.org/www/campanas.php?regid=38) y al que os invitamos también a adheriros para sumar fuerzas y poder hacer frente a estos nuevos recortes en los derechos del colectivo inmigrante.

RED EUROPEA DE LUCHA CONTRA LA POBREZA

Y LA EXCLUSIÓN SOCIAL EN EUSKADI

POBREZIA ETA GIZA BAZTERKETAREN

AURKAKO EUROPAR SAREA EUSKADIN

www.eapneuskadi.net

Plaza Venezuela, nº1 – 2º izq-izq. 48001. Bilbao

Tel: 94 416 18 84