NOTA DE PRENSA

La ONU condena a España por detención arbitraria, discriminación racial y torturas en el CIE de Aluche (Madrid)

Ginebra/Madrid 25.10.2012

En su opinión 37/2012, de 30 de agosto de 2012, trasladada ala AEDIDH en su calidad de organización querellante, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas consideró que la privación de libertad cautelar en el CIE de Aluche del Sr. D. Adnam el Hadj, inmigrante indocumentado de origen marroquí y solicitante de asilo en España, fue arbitraria y discriminatoria por razón del origen nacional y étnico de la víctima. En consecuencia, recomendó que el Gobierno repare proporcionalmente el daño causado a la víctima.

Además, el Grupo de Trabajo constató que la víctima había sido objeto de malos tratos de gravedad equivalente a la tortura mientras estuvo detenida en el CIE de Aluche. En particular, varios policías responsables de la custodia del CIE sacaron al Sr. El Hadj de su dormitorio por la fuerza en la noche del 7 de mayo de 2012 y lo condujeron a un lugar fuera del alcance de las cámaras de seguridad del CIE, donde —además de someterle a insultos de fuerte contenido racista y discriminatorio— le propinaron una severa paliza de la que resultó con serias heridas y contusiones que requirieron su tratamiento médico. Ordenado el traslado de la víctima a un hospital, la policía nacional, en un intento de encubrir los graves delitos de varios de sus agentes, lo trasladó el 8 de mayo de 2012 por la fuerza a Tarifa y desde allí fue expulsado a Marruecos sin permitirle el auxilio médico, jurídico y judicial al que la víctima tenía derecho.

El caso había sido denunciado al Grupo de Trabajo por la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (AEDIDH), que había sido alertada por la organización Pueblos Unidos, cuyos servicios jurídicos comprobaron el mismo día 8 de mayo que la víctima, todavía detenida en el CIE de Aluche, presentaba claros signos de lesiones en todo el cuerpo. Preguntado por el origen de su deplorable estado físico, el Sr. El Hadj explicó que había sido objeto de una paliza e insultos racistas en la madrugada anterior por agentes de la policía que custodiaban el CIE. Los hechos se pusieron en conocimiento inmediatamente de uno de los juzgados de control del CIE, que citó a declarar al denunciante para el día siguiente. Pero el Sr. El Hadj no tuvo oportunidad de relatar a la jueza lo ocurrido, pues el mismo día 8 de mayo fue expulsado del país.

El dictamen del Grupo de Trabajo se suma a otros pronunciamientos de organismos internacionales que, en el marco dela ONU, han condenado las políticas españolas y europeas de internamiento preventivo de inmigrantes sin papeles. La privación de libertad en el CIE de Aluche que padeció la víctima —al igual que miles de personas cada año en nuestro país— fue declarada arbitraria por tratarse de violación “de tal gravedad a las normas del debido proceso de derecho que así lo justifican”; y por tratarse de “un inmigrante que no dispuso de recurso judicial ni administrativo para impugnar su detención”. Además, la detención del Sr. El Hadj fue contraria a las normas de derechos humanos, por haber sido “motivada por discriminación por su origen nacional, étnico y social, desconociéndose la igualdad esencial de todas las personas en el reconocimiento y goce de sus derechos humanos”.

El Grupo de Trabajo también se hizo eco de las pésimas condiciones de salubridad del CIE de Aluche, la falta de asistencia sanitaria que produjo el fallecimiento de Samba Martine en diciembre de 2011, así como de otras violaciones a los derechos humanos que se cometen en su interior. En este sentido, recordó la “falta de reglamentación adecuada” debido a que todavía no se ha aprobado el reglamento sobre funcionamiento de los CIE, que debería haberse promulgado hace más de dos años.

Pese a que el Gobierno español tuvo oportunidad de responder a las alegaciones de la AEDIDH una vez que el Grupo de Trabajo —de conformidad con sus métodos de trabajo— le trasladó la denuncia recibida, el Gobierno no contestó.

Para la AEDIDH y Pueblos Unidos el dictamen del Grupo de Trabajo confirma su creencia de que el internamiento de migrantes sin papeles en los CIE constituye una fragante violación del derecho a la libertad y a la seguridad de las personas, así como del principio de no discriminación por razón del origen nacional, racial o social, por lo que los CIE deben ser abolidos urgentemente tanto en España como en los demás Estados miembros dela Unión Europea.

Se adjunta el texto completo de la opinión 37/2012 del Grupo de Trabajo.

Departamento de Comunicación

AEDIDH

ONU. Grupo Trabajo sobre la Detención Arbitraria. Opinión 37.2012.pdf