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HIKAATENEO – AGENDA -Otsaila-Febrero 2014
Lagun maiteok,
Hementxe duzue OTSAILEKO AGENDA.
Ekintzak antolatzeko, zuen proposamenak bidaltzera gonbidatzen zaituztegu eta baita gure eskaintza gastronomiko inguruan ezagutarazteko ahalegina egitera ere. Gogoratu, zuen neurrira egokitu daitekeen (100 pertsonentzat menuak eta katerinak) antolatu ditzakegula. (Bilbon konpetentzia gabea). Gure aukera eta zerbitzuak zuen erakundeei eskaintzera ere animatzen zaituztegu (hitzaldietarako areto eta ekipamenduaren alokairua, bilerak, jardunaldiak, eta abar).
Zuen zain gaude!
Besarkada bat guztioi
Hika Ateneo Batzordea
Las organizaciones basadas en la fe y las respuestas al desplazamiento – Recordatorio RMF
La Revista Migraciones Forzadas número 48 – prevista para noviembre de 2014 – tendrá como tema principal “Las organizaciones basadas en la fe y las respuestas al desplazamiento”
Fecha límite para la presentación de artículos: viernes 9 de mayo de 2014
Las personas y organizaciones inspiradas en su fe o religión para ayudar a las personas necesitadas, ya sea en su propia comunidad o fuera de ella, han jugado un papel importante en la asistencia humanitaria. Desde el punto de vista de los beneficiarios de la ayuda, no son en muchos aspectos diferentes de otros que prestan asistencia, y sin embargo, a veces son vistas, y a veces quieren ser vistas, como diferentes.
Muchos de los conflictos del mundo tienen dimensión religiosa o de fe que complica potencialmente el trabajo de los actores humanitarios basados en la fe y su recibimiento o aceptación por parte de las comunidades locales y las personas desplazadas; las organizaciones seculares también pueden encontrarse con que carecen de un aspecto que es importante para aquellos a quienes desean ayudar. Es fácil llegar a conclusiones sobre los efectos de esto, pero hay muy poco escrito acerca de experiencias reales y cómo las comunidades y organizaciones tratan con las interrelaciones entre las religiones y los derechos, la protección, las necesidades y la asistencia.
Los editores de RMF están interesados en artículos de carácter práctico que reflejen una amplia gama de opiniones y perspectivas sobre las actividades humanitarias basadas o inspiradas en la fe centrándose en las situaciones de desplazamiento forzado y formulan preguntas como las siguientes:
- En cuanto a la fe que inspira la respuesta humanitaria ¿Afecta esto a la cooperación o la colaboración con organizaciones no confesionales y/o con los organismos que se inspiran en religiones diferentes?
- ¿Existe algún conflicto entre un enfoque basado en los derechos humanos de la asistencia y protección a los migrantes forzados y un enfoque basado en las reivindicaciones religiosas, en particular respecto de la normativa humanitaria, los estándares y la rendición de cuentas?
- ¿Las personas desplazadas confían y/o se identifican con las organizaciones inspiradas en la fe más que con las organizaciones seculares?
- ¿Algunos grupos de personas desplazadas dan prioridad a la coincidencia entre su fe y la de los proveedores de asistencia, o viceversa?
- ¿Las agencias religiosas han puesto en práctica alguna vez la asistencia de manera discriminatoria o la han vinculado con actividades destinadas a hacer proselitismo? Si es así, ¿cómo lo justifican?
- ¿Qué expectativas tienen las personas afectadas sobre las organizaciones basadas en la fe? ¿Las organizaciones religiosas están en mejor situación para poner en práctica la asistencia de una manera más integral? y, en caso afirmativo, ¿cuáles son sus ventajas?
- ¿Hay ocasiones en las que su fe puede ser una barrera para algunos tipos de trabajos de asistencia? ¿La prestación de algunas formas de asistencia se ve obstaculizada por alguna creencia o cultura religiosa? y, si es así, ¿cómo se pueden superar estos obstáculos?
- ¿Cuáles son las ventajas y los retos de las organizaciones religiosas que prestan asistencia a los diferentes miembros de los grupos de desplazados, entre ellos mujeres y niños, personas mayores y minorías sexuales, étnicas y nacionales? En ese sentido, en el caso de las organizaciones basadas en la fe – y en particular las organizaciones basadas en la fe locales – ¿tienen ventajas comparativas que no estén disponibles para ninguna otra agencia gubernamental, no gubernamental o intergubernamental a la hora de ofrecer respuestas inmediatas, a medio plazo o largo plazo?
- ¿A qué desafíos se enfrentan las organizaciones basadas en la fe como proveedores de ayuda humanitaria?
- ¿Qué desafíos deben reconocer los proveedores de ayuda humanitaria seculares (no basada en la fe) como potencialmente derivados de su naturaleza secular?
- ¿Qué medidas se han adoptado o se podrían tomar para a) mejorar el papel, las prácticas, el comportamiento o los enfoques de las organizaciones religiosas en la respuesta humanitaria, y b) mejorar la cooperación y la colaboración entre las organizaciones basadas en la fe así como entre las basadas en la fe y otras organizaciones?
Estamos buscando ejemplos de buenas prácticas y experiencias que puedan ser reproducidas. RMF tiene especial interés en reflejar las experiencias y conocimientos de las personas y comunidades directamente afectadas por estas cuestiones.
Por favor, tenga en cuenta que este número de RMF no abordará la cuestión de las religiones como causas que contribuyen al conflicto o al desplazamiento.
Extensión máxima: 2.500 palabras
Fecha límite para la presentación de artículos: viernes 9 de mayo de 2014
Si está interesado en presentar un artículo, consulte nuestra guía para contribuciones escritas en rmf.
También se aceptarán artículos sobre otros temas relacionados con la migración forzada que se considerarán para su publicación en la sección de "artículos generales”.
Un cordial saludo,
Revista Migraciones Forzadas
Instituto Interuniversitario de Desarrollo Social y Paz – Universidad de Alicante, España.
rmf www.migracionesforzadas.org
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Boletín de Derechos Humanos
Buenos días,
Os enviamos el Boletín de Derechos Humanos, en el que se incluyen varios informes elaborados por organizaciones de Derechos Humanos en la última semana y algunas noticias que consideramos de interés.
Muchas gracias y que paséis un buen fin de semana.
Saludos,
En medio del fuego y artefactos explosivos quedaron integrantes de Ríos Vivos Antioquia en Ituango
Comunicado público Nº 2
30 de enero de 2014
En medio del fuego y artefactos explosivos quedaron integrantes de RÃos Vivos Antioquia en Ituango
PolicÃa Nacional realiza seguimientos ilegales a lÃderes y miembros de RÃos Vivos Antioquia en Ituango y Toledo
Aproximadamente a las 8:25 p.m. del 29 de enero de 2014, los habitantes de Ituango escucharon una fuerte explosión seguida de disparos que duraron alrededor de media hora. El lugar de los hechos fue el casco urbano del municipio, en frente de la Cárcel Municipal a unos 15 mts aproximadamente de la Casa Campesina a su lado izquierdo, en donde se albergan varias familias afectadas por Hidroituango, después de haber retornado de la ciudad de MedellÃn el pasado 25 de octubre de 2013 y ante la difÃcil situación por la que atraviesan debido a los desalojos forzosos a los que fueron sometidos por el proyecto Hidroituango y los desplazamientos generados por las amenazas de miembros de la PolicÃa Nacional.
Después de los hechos la PolicÃa encerró la zona con cintas y se fue del lugar. En las horas de la mañana fue observado al lado derecho de la casa a unos 8 o 10 mts aproximadamente, munición sin explotar. Miembros del Movimiento alertaron a la PolicÃa Nacional sobre todo al ver como unos niños que se dirigÃan a estudiar (6:45 a.m. aprox) jugaban con el artefacto, uno de ellos alcanzo a patearlo. La respuesta de la PolicÃa de Ituango (Cuatro agentes) a pesar de la insistencia en la necesidad de su presencia en el sitio, fue que ellos (La PolicÃa) vigilaban por las cámaras que tenÃan en el lugar, las cámaras fueron enseñadas a miembros del Movimiento, mientras la PolicÃa insistÃa en que esta medida era suficiente.
La preocupación de los integrantes del Movimiento creció cuando accidentalmente una señora pateo el artefacto, se dirigieron ante el inspector de PolicÃa, este fue hasta el sitio tomo fotos y después de esto la PolicÃa llego a acordonar el lugar solicitando a las familias albergadas en la Casa Campesina no salir de allà hasta nueva orden, un policÃa dijo a uno de los integrantes del Movimiento que se acercó que podÃa coger el artefacto si asà lo querÃa.
El artefacto explosivo fue detonado de manera controlada por unidades del Ejército Nacional a las 11:00 a.m. aproximadamente después de más 14 horas en la zona en las que la PolicÃa habÃa conocido de los hechos.
15 integrantes del Movimiento que se encontraban durante la explosión la noche anterior en el albergue sienten afectados sus oÃdos, hasta el momento no se ha realizado ningún tipo de valoración. Los miembros del Movimiento que registraron con sus cámaras el artefacto dejando y que realizaron la denuncia fueron a su vez fotografiados por la PolicÃa y el Ejército.
De otra parte, en el municipio de Toledo Jorge Mario GarcÃa Jiménez lÃder del Movimiento RÃos Vivos, quien fue capturado de manera ilegal por la PolicÃa Nacional el 16 de marzo de 2013 y por el Ejército Nacional el 9 de Julio de 2013 hecho en el cual también fue torturado, viene siendo perseguido por la PolicÃa de su municipio. El dÃa 27 de enero de 2014 cuando se encontraba en su casa de habitación ubicada a una cuadra del parque principal en la salida hacia la vereda Barrancas, a las 11:45 p.m. observo que un rayo de luz entro por la ventana, se acercó y eran miembros de la PolicÃa Nacional quienes le tomaban fotos a su casa por dentro y por fuera. Estos hechos fueron comunicados a la personera municipal el dÃa 28 de enero de 2014.
El dÃa 28 de enero de 2014 a las 9:30 a.m. Juan David Correa Granda mientras se encontraba en la papelerÃa JM ubicada a media cuadra del parque principal del municipio de Toledo, diagonal al palacio municipal, observo como miembros de la PolicÃa Nacional lo señalaban mientras otros procedieron a tomarle fotografÃas. Ya Juan David habÃa interpuesto queja contra la PolicÃa Nacional y solicitado investigación por considerar a los miembros de esta institución como los responsables de un panfleto que apareció en las principales calles del municipio el dÃa 5 de agosto de 2012 en el que se indicaba que él era guerrillero al igual que Robinson David Mazo el miembro del Movimiento que fue asesinado el 30 de noviembre de 2013 en el sector Matanzas municipio de Toledo. Aunque Juan David y Robinson pusieron desde el mismo mes de agosto del año 2012 en conocimiento de las autoridades competentes esta situación nada han hecho hasta el momento que evite la muerte, el seguimiento, los señalamientos y la persecución a la que se vieron sometidos.
Ante estos hechos exigimos:
1. Las investigaciones y sanciones correspondientes ante los responsables de la PolicÃa Nacional de Ituango por las actuaciones inadecuadas e inoportunas con Munición sin Explotar que evite más muertes en el municipio de Ituango.
2. Se suspendan los seguimientos, vigilancia y señalamientos a miembros del Movimiento RÃos Vivos de manera inmediata y se expliquen los fundamentos legales para fotografiar y gravarlos a ellos, sus lugares de residencia y su vida cotidiana.
3. Al Ministerio del Interior y la Unidad Nacional de Protección se tomen las medias correspondientes de carácter urgente que proteja la vida de las y los opositores a Hidroituango, empezando por cumplir los compromisos adquiridos con el Movimiento como el Plan de Prevención y Protección.
4. A la PolicÃa Nacional que después de enfrentamientos o cualquier acción armada controlen la zona y eviten a toda costa el tránsito de niños y adultos por el lugar.
Noticia exclusión salud: Excluir de la sanidad a los inmigrantes en situación irregular es contrario al derecho europeo
COMUNICADO CONJUNTO
30 de enero de 2014
Al menos tres organismos internacionales han pedido la rectificación del Gobierno español desde la aprobación de la reforma sanitaria
Excluir de la sanidad a los inmigrantes en situación irregular es contrario al derecho europeo
El Comité Europeo de Derechos Sociales considera regresiva la legislación que deniega la atención a los inmigrantes en situación irregular y advierte al gobierno español que la crisis económica no puede servir como pretexto para restringir o denegar el acceso a la sanidad a este colectivo.
Madrid, 30 de enero de 2014.- El Comité que supervisa la Carta Europea de Derechos Sociales ha publicado las Conclusiones de la revisión periódica de los informes nacionales de los países miembros del Consejo de Europa, respecto al nivel de cumplimiento de los estados sobre el derecho a la salud y a la protección social. La evaluación del Comité sobre la situación del derecho a la salud en España destaca que:El Real Decreto-Ley 16/2012 y el Real Decreto 1192/12 son contrarios al artículo 11 de la Carta Social Europea, de la cual España es Estado parte. Asimismo, le ha recordado al gobierno español que “los estados tienen obligaciones positivas respecto al acceso a la sanidad de las personas migrantes con independencia de su estatus administrativo.” El Artículo 11 de la Carta Europea obliga a asegurar el acceso universal a la salud, es decir que el sistema de salud sea accesible a toda la población sin discriminación alguna.
El Comité advierte que si España mantiene el RDL 16/2012 y el RD 1192/12, no habrá forma de mostrar, en la próxima revisión del informe estatal, que la situación del derecho a la salud se ajusta a las disposiciones de la Carta Social Europea.
El gobierno de España viene ignorando de manera reiterada las directivas y recomendaciones de los mecanismos internacionales. Desde que se aprobó la reforma sanitaria han sido varios los mecanismos internacionales de protección de derechos humanos que han subrayado que ésta contraviene los estándares internacionales en materia de derechos humanos y han solicitado a España la modificación del RDL 16 para garantizar el acceso a la sanidad para todas las personas sin discriminación. En Mayo de 2012 lo hizo el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, quien, al referirse a la reforma sanitaria, pidió al Estado que asegure el acceso a los servicios de salud de todas las personas que residen en su territorio, cualquiera que sea su situación administrativa, en consonancia con el principio de universalidad de las prestaciones sanitarias. En Enero de 2013, el Relator Especial de Naciones Unidas sobre formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y otras formas conexas de intolerancia, recomendó la revisión de las medidas de reforma de la salud adoptadas en el contexto de la crisis económica para asegurar el acceso a la sanidad de los inmigrantes sin importar su estatus migratorio.
La crisis económica no debe servir como pretexto para restringir o denegar el acceso a la salud de manera tal que afecte a la esencia misma de ese derecho. El Comité reitera que los gobiernos están obligados a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar que los derechos de la Carta se garantizan con eficacia durante la crisis, periodo en el que las personas necesitan más de dicha protección.
En la misma línea el Comité reafirma lo que ya han establecido antes otros organismos supervisores de los tratados de DDHH de las Naciones Unidas y de Europa: que los contextos de crisis económica no rebajan las obligaciones de derechos humanos de un estado y que los gobiernos deben analizar el impacto de las medidas que planean tomar en respuesta a la crisis, en particular el efecto sobre los grupos más vulnerables de la sociedad, en consulta con las organizaciones pertinentes. Al emitir las recomendaciones sobre España en Mayo de 2012, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas recordó a todos los Estados parte del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, incluida España, los criterios que las políticas de austeridad y otras políticas asumidas por los Estados en tiempos de crisis económica han de respetar para cumplir con las obligaciones derivadas del Pacto: cualquier medida que pueda impedir la realización progresiva de los derechos económicos, sociales y culturales ha de ser temporal y limitada al periodo de crisis; debe ser estrictamente necesaria y proporcionada; la medida no puede ser discriminatoria y debe tomar en cuenta todas las alternativas posibles, entre ellas, medidas de política fiscal, para garantizar las prestaciones necesarias para paliar las desigualdades que pueden surgir en tiempos de crisis. Finalmente, las medidas deben identificar y proteger el contenido mínimo esencial de los derechos consagrados en dicho Pacto.
Las organizaciones firmantes han exigido de manera reiterada la evaluación y publicación de las medidas adoptadas por el gobierno en respuesta a la crisis a la luz estos criterios, incluido un análisis del impacto del RDL 16/2012, sin embargo hasta la fecha el gobierno sigue ignorando este requerimiento.
Más recientemente, en Diciembre de 2013, el Comisionado Europeo de Derechos Humanos Nils Muižnieks recordó en un informe reciente sobre el impacto de las reformas y medidas de austeridad sobre los derechos humanos en Europa, que los períodos de dificultades financieras, como el que experimentan España y otros Estados europeos no son situaciones de emergencia que conllevan automáticamente la restricción de los derechos sociales y económicos, y el deterioro de la situación de los grupos sociales vulnerables, sino que son oportunidades para ajustar sus sistemas nacionales de protección de los derechos humanos y mejorar la eficiencia de los sistemas nacionales de seguridad social y protección social.
En consecuencia, las organizaciones firmantes:
- Instan al gobierno a modificar las leyes que contravienen la Carta Social Europea en materia de derecho a la salud, y a poner fin al retroceso de los derechos sociales de todas las personas que viven en el territorio español con independencia de su situación administrativa y sin discriminación alguna, en concordancia con las observaciones del Comité Europeo de Derechos Sociales, y las recomendaciones sobre esta materia emitidas por los organismos antes citados.
- Instan a todas las autoridades nacionales encargadas de vigilar y hacer cumplir las normas de derecho internacional y europeo a las que se ha comprometido España en materia de derechos sociales a realizar una labor más eficaz en el escrutinio de las políticas y medidas adoptadas por el Estado a la luz de las normas y directivas antes descritas.
- Continuaremos exigiendo que el Estado español cumpla con sus obligaciones internacionales, regionales y constitucionales en materia de derechos sociales, sobre todo en tiempos de crisis.
FIN//
CONTACTOS PRENSA:
* Médicos del Mundo: Celia Zafra, responsable de Comunicación. Tlf 91 5436033, ext.301 o 629214755
*Amnistía Internacional: Ángel Gonzalo, Carmen López y Ana Gómez Tlf 91 3101277 o 630746802
* Red Acoge: Manuel Sobrino, responsable de Comunicación. Tlf. 91 5633779
*Luke Holland (Researcher/Communications Coordinator) CESR Tel: +1 718 237-9145
Comunicado conjunto MdM,AI, Acoge y CESR sobre exclusión sanita ria Consejo Europa_30012014.htm.doc