Nota informativa

Ginebra, 14 de mayo de 2016

LA ONU SUSPENDE A ESPAÑA EN MATERIA DE DISCRIMINACIÓN RACIAL

Ayer, 13 de mayo de 2016, se dieron a conocer en Ginebra las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas al término del examen del informe periódico de España.

El Comité reiteró a España la obligación de recabar y publicar datos demográficos sobre la composición de la población desglosados por comunidades territoriales y adoptar, con ese fin, métodos adecuados, garantizando la auto adscripción identitaria, y el anonimato.

El Comité deploró que España no haya aprobado una ley integral para la igualdad de trato y no discriminación, ni haya adoptado el segundo Plan de Derechos Humanos. España también debe asegurarse de que el Consejo para la eliminación de la discriminación racial o étnica cuente con los recursos y la independencia necesaria.

Sobre los incidentes racistas, España debe mejorar el seguimiento dado a la recolección de datos, incluyendo información sobre los casos que son judicializados, las penas impuestas y las reparaciones otorgadas, así como información sobre la recolección de información sobre incidentes racistas por fuera del ámbito penal.

Constatando que el Decreto Ley 16/2012 ha restringido el acceso a la asistencia sanitaria universal de los migrantes en situación irregular, el Comité recomienda a España que reinstaure el acceso universal a la asistencia sanitaria, a efectos de garantizar el derecho a la salud sin discriminación. España deberá informar al Comité en el plazo de un año sobre las medidas adoptadas en aplicación de esta recomendación.

En relación a los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE), el Comité insta a España a evitar el uso recurrente de la privación de la libertad de migrantes en situación irregular. También deberá garantizar que cuando ésta tenga lugar, siempre sea razonable, necesaria y proporcionada. Asimismo, insta a que siempre se consideren posibles medidas alternativas. Igualmente, España debe garantizar que las denuncias de tortura o malos tratos sean investigadas de manera independiente, rápida y completa y que los autores sean sancionados adecuadamente.

España también debe reducir el tiempo para resolver las solicitudes de asilo, especialmente terminar con la demora de las solicitudes de personas provenientes de países en conflicto y que éstas se resuelvan sin discriminación por origen étnico o nacionalidad. Asimismo, los solicitantes de asilo deben permanecer en centros especializados mientras su solicitud es decidida.

Sobre la situación en Ceuta y Melilla, el Comité recomienda a España que revise la Ley de Seguridad Ciudadana y garantice el acceso a procedimientos de asilo a todas las personas susceptibles de protección internacional, sin discriminación por origen étnico o nacionalidad, incluyendo una evaluación individualizada en cada caso, así como la garantía de protección frente a la devolución sin discriminación y la creación de un organismo independiente que revise y suspenda las decisiones negativas.

También debe investigar España las alegaciones de uso excesivo de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad, en particular respecto de incidentes ocurridos durante operaciones de expulsión, incluyendo el Tarajal, que se sancione a los responsables y que se repare adecuadamente a las víctimas. Asimismo, España debe evitar que las autoridades marroquíes cometan violaciones a los derechos humanos en territorio español.

Sobre las condiciones en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) en Ceuta y Melilla, España debe mejorar las condiciones de hacinamiento, fortalecer la asistencia psicológica y jurídica brindada, así como identificar las necesidades específicas de las personas que allí se encuentran, especialmente las mujeres solas o con hijos. También debe España revisar las restricciones a la libertad de movimiento de los solicitantes de asilo y establecer procedimientos claros, transparentes y expeditos para su transferencia a la península.

En cuanto a los gitanos y romaníes, España debe promover la tolerancia y superar los prejuicios y los estereotipos negativos para evitar toda forma de discriminación. Asimismo, se deben tomar medidas específicas y eficaces para mejorar la situación de los romaníes.

Sobre los medios de comunicación y redes sociales, España debe superar los estereotipos en esos medios, incluyendo la creación de un órgano independiente e imparcial con los recursos necesarios para que vigile la efectiva implementación de las medidas adoptadas. También se debe promover el uso responsable de los medios de comunicación para combatir incitaciones al odio y a la discriminación racial, así como una sensibilización general a la diversidad en todas las áreas de los medios de comunicación y las redes sociales.

España debe poner fin de manera definitiva a los controles de identidad basados en perfiles raciales y étnicos. Tales conductas deben ser investigadas y sancionadas adecuadamente. España dispone de un año para informar al Comité sobre las medidas efectivamente adoptadas en aplicación de esta recomendación.

En cuanto a los afrodescendientes, se insta a España a que: a) Elabore y aplique medidas especiales para garantizar la igualdad de oportunidades de participación de los afrodescendientes en el sector público y órganos gubernamentales; b) Implemente campañas de educación que incluyan información sobre los períodos de esclavitud y colonización, y la discriminación racial a la que se enfrentan las personas afrodescendientes, así como su impacto en el desarrollo económico de España; c) Se avenga a iniciar un diálogo franco, con la participación de los grupos afectados, en torno a la esclavitud, la trata trasatlántica y la vigencia de sus consecuencias.

En cuanto al derecho a la educación, España debe garantizar la calidad de la educación de manera uniforme y equitativa, proporcionando los recursos necesarios para este fin. Asimismo debe adoptar políticas educativas efectivas que aseguren la distribución equitativa de los estudiantes, con el fin de poner fin al fenómeno de las escuelas «gueto».

España también debe impedir que las empresas realicen actividades que afecten negativamente los derechos de los pueblos indígenas y afrodescendientes en los países donde llevan a cabo sus operaciones y que se les exijan responsabilidades. Asimismo, se debe adoptar el Plan Nacional de Empresas y Derechos Humanos de manera expedita y definitiva, mediante un proceso transparente, con la participación de la sociedad civil y representantes de los pueblos indígenas y afrodescendientes, garantizando que los proyectos que puedan tener algún impacto sobre los derechos de pueblos indígenas y afrodescendientes respeten la consulta previa.

Una vez más, el Comité pidió a España ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (1990) y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia (1961).

Por último, El Comité recomienda a España que siga celebrando consultas y ampliando su diálogo con las organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la protección de los derechos humanos, en particular a la lucha contra la discriminación racial, en relación con la preparación del próximo informe periódico y el seguimiento de las presentes observaciones finales.

El texto completo de las observaciones finales del Comité se puede consultar en

http://tbinternet.ohchr.org/Treaties/CERD/Shared%20Documents/ESP/INT_CERD_COC_ESP_23910_S.pdf