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Imputado el coronel jefe de la Guardia Civil de Melilla por permitir las devoluciones en caliente

Un juzgado melillense acusa a Ambrosio Martín de prevaricación por firmar el operativo de vigilancia de fronteras que legitima las expulsiones inmediatas en la valla, a pesar de ser ilegales

El juez arremete contra el "concepto de frontera" con el que Interior defiende las devoluciones ilegales

"La Guardia Civil no indica cuál es la norma jurídica que ampara el operativo de frontera" solo que se trata de un “concepto consolidado desde 2005”, reza el auto

Gabriela Sánchez

15/09/2014 – 08:24h

Seis inmigrantes permanecen encaramados en la valla de Melilla

Primer palo judicial contundente contra la teoría empleada por el Gobierno para justificar las devoluciones en caliente. El juzgado de instrucción número dos de Melilla ha imputado al coronel jefe de la Guardia Civil de la ciudad autónoma, Ambrosio Martín Villaseñor, debido a un posible delito de prevaricación por permitir las expulsiones inmediatas de inmigrantes en la valla melillense, ilegales según la Ley de Extranjería y el convenio bilateral hispano-marroquí.

El auto, al que ha tenido acceso eldiario.es, arremete contra el "protocolo operativo de vigilancia de fronteras", una orden interna firmada por el acusado, que avala las devoluciones sin identificación previa de aquellas personas que no han superado la última alambrada, la más cercana a la ciudad autónoma. Tras recordar que la soberanía española recae sobre todo el entramado fronterizo, el juez considera que este argumento, también defendido por el Ministerio de Interior, no se sostiene bajo la legislación nacional ni los tratados internacionales. El coronel jefe de la Guardia Civil melillense tendrá que prestar declaración el próximo 3 de octubre.

"Nos encontramos ante dos conceptos de frontera diferentes, uno de naturaleza jurídica y otro de naturaleza operativo o funcional. El primero, se acomoda a los Tratados Internacionales suscritos entre los reinos de España y Marruecos, mientras que el segundo parece responder a un criterio de gobierno, político, o de simple operatividad policial", reza el auto que responde a dos querellas presentadas por las ONG Prodein, Andalucía Acoge y Sos Racismo sobre los hechos ocurridos los días 18 de junio y el 13 de agosto.

Las devoluciones en caliente no son nuevas. Los Gobiernos del PP y del PSOE llevan efectuándolas desde hace 13 años, aunque la forma de realizarlas cambió en marzo de 2014. Hasta entonces, se llevaban a cabo de forma clandestina y, cuando alguna prueba las evidenciaba, el ejecutivo solía limitarse a negarlas o ignorarlas. Hasta la tragedia de Ceuta. El Gobierno actual asumió a devolución de 23 personas tras la sucesión de imágenes difundidas y la atención mediática despertada. Entonces, surgió una nueva justificación, nunca antes admitida pero que, según el Ministerio del Interior, se llevaba aplicando desde 2005: "España empieza cuando se supera la totalidad del dispositivo antiintrusión". A partir de aquí, esta teoría se acopló a las diferentes particularidades de cada frontera y la Guardia Civil comenzó a expulsar inmigrantes de forma inmediata a plena luz del día y ante los objetivos de cada vez más periodistas.

Por el momento, el juzgado de Melilla descarta la validez de lo que denomina "concepto de frontera aplicado en la valla de Melilla". Y añade: “En la documentación aportada por la Guardia Civil no se indica cuál es el precepto o norma jurídica que ampara el concepto operativo de frontera, más allá de una remisión genérica a que se trata de un ‘concepto consolidado desde el año 2005’"

El auto, por tanto, pone en entredicho la legalidad del “ protocolo operativo de vigilancia de fronteras de la Guardia Civil” rige la forma de actuar de los agentes durante los intentos de entrada de inmigrantes. El documento legitima las devoluciones inmediatas de inmigrantes cuando estos no traspasan la alambrada interior, la más cercana a la ciudad autónoma. Según defiende el “concepto operativo”, estas personas no acceden a España hasta que no sobrepasan el último obstáculo, por lo que pueden ser expulsadas sin necesidad de aplicación de la legislación española, que obliga a la apertura de un proceso de expulsión con garantías.

¿Dónde empieza España?

Como ya había adelantado el auto de admisión a trámite de la denuncia, el juzgado melillense, en base a los tratados hispano-marroquíes de delimitación territorial, determina la soberanía española sobre la totalidad de la valla de Melilla, incluida la zona intermedia entre las dos alambradas. "La frontera de España con Marruecos, quedaría en consecuencia delimitada, al menos, por la valla exterior del complejo fronterizo, debiéndose aplicar a partir de ella la legislación española, sin limitación de ningún tipo", reza el nuevo texto.

El juez ve indicios de incumplimiento de los convenios hispano-marroquíes y de la normativa española en materia de extranjería: “El uso del concepto operativo de frontera pudo haber tenido lugar una derogación de facto de los tratados internacionales suscritos entre ambos países en materia de delimitación de los límites fronterizos, ya que no se aplicó la legislación española en materia de extranjería a aquellas personas que los días 18 de junio de 2014 y 13 de agosto de 2014 asaltaron la valla de Melilla”.

La Guardia Civil incumple su propio protocolo cuestionado

Pero va más allá. El juzgado, basándose en las imágenes aportadas por las tres ONG personadas, considera que, al menos durante el intento de entrada del pasado 13 de agosto, la Guardia Civil incumplió su propio “protocolo operativo de vigilancia fronteriza”. Aquel día, aproximadamente 75 personas, después de permanecer horas encaramadas en la valla interior -la más cercana a Melilla-, descendieron de ella, pisaron suelo español y fueron expulsados de forma inmediata.

“ Tales ciudadanos subsaharianos habrían llegado incluso a sobrepasar la totalidad del perímetro fronterizo (doble vallado), atravesando la valla interior, entrando irregularmente en territorio español (si se acepta como válido el concepto operativo de frontera), lo que habría obligado a aplicarles la legislación de extranjería”, expone el auto. El texto añade que algunas de las personas expulsadas presentaban “síntomas visibles de encontrarse lesionado”. El juez se basa en el visionado de las imágenes presentadas por ONG, aquellas a las que el Gobierno atacó por, según indicaron desde su delegación en Melilla, generar “ controversia” y tener “mala fe”.

No ocurrió unicamente el 13 de agosto. Durante los últimos meses, ONG y periodistas han documentado un gran número de devoluciones ilegales llevadas a cabo de forma sistemática, no solo desde la zona de "entre vallas", sino también cuando los inmigrantes superan todos los obstáculos. Muchas de ellas se efectuan sobre las personas que permanecen horas sentados sobre la última alambrada. Cuando sus fuerzas flaquean y deciden descender, generalmente por una escalera colocada por la Guardia Civil, los agentes les conducen de forma instantánea a las puertas de la alambrada que comunican Marruecos con Melilla.

Desde mediados de marzo, cuando el Gobierno reanudó las expulsiones sin identificación previa, solo ha habido una ocasión en la que un grupo de personas encaramadas en la valla, después de permanecer horas sobre la alambrada, fue conducido a comisaría , en cumplimiento de la Ley de Extranjería. La razón, conocida con posterioridad: las autoridades marroquíes rechazaron la admisión de los subsaharianos, según publicó El Mundo. Fue el 12 de agosto, uno de los dos días en los que Marruecos cesó su vigilancia en las costas alauíes, derivando en la llegada de cerca de 1.200 personas.

¿Por qué son ilegales?

El juzgado recopila las razones de la ilegalidad aparejada a las devoluciones inmediatas. Según menciona, existen dos formas para expulsar de forma legal a las personas que acceden al terriorio español sorteando la valla de Melilla, pero el 13 de agosto y el 18 de junio no se cumplió ninguna de ellas. Por un lado, en aplicación de la Ley de Extranjería: las personas que acceden a España son trasladadas a dependencias policiales donde se abre el procedimiento de expulsión con asistencia letrada, intérprete, posibilidad de solicitar asilo, etc. Con las devoluciones en caliente estos derechos no se respetan.

A pesar de que el Gobierno suele acudir a él para ampararlas, estas expulsiones también incumplen el convenio bilateral hispano-marroquí de 1992. El auto es claro: "el acuerdo prevé la readmisión de extranjeros entrados ilegalmente en territorio nacional, pero obliga al mismo tiempo a observar unas mínimas garantías" sin que conste que "en los días analizados en este procedimiento se cumpliera ninguna de ellas".

Estas incluyen la emisión de una petición formal de las autoridades españolas a Marruecos, que debe ser presentada en los diez días posteriores a la entrada irregular. La solicitud debe incorporar los datos de identificación de las personas que pretenden expulsar. A su vez, el Estado alauí tendría que entregar a las autoridades españolas un certificado en el que se hace constar las identidades de los readmitidos. "En los dos últimos años, sólo se han tramitado dos casos de readmisiones aceptados por Marruecos", recoge el texto judicial.