Histórica condena al Estado español por no proteger de manera efectiva a las mujeres víctimas de violencia y a sus hijos e hijasTras buscar justicia sin éxito ante los tribunales españoles durante casi 11 años por la muerte de su hija, Ángela González presentósu caso ante el Comitéde Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. Por primera vez un tribunal internacional condena a España por su negligencia en materia de violencia de género. Madrid, 4 de agosto de 2014 – El Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), condenó al Estado español por no actuar de manera diligente para evitar la violación de los derechos de Ángela González, mujer víctima de violencia de género, y su hija Andrea. En su dictamen, el Comité explica de manera contundente que la negligencia de los agentes estatales dio lugar a la muerte de la hija de Ángela por el maltratador y condena al Estado por no proteger a ella y su hija, no castigar al maltratador y no investigar ni indemnizar a Ángela por los daños causados. El pronunciamiento se produce a raíz de una demanda interpuesta en septiembre de 2012 por Women’s Link Worldwide en representación de Ángela González, quien en más de 30 ocasiones denunció ante las autoridades la violencia que ella y su hija sufrían, y solicitó medidas de protección para ambas. La falta de debida diligencia del sistema de protección condujo a que la niña, de entonces siete años, fuera asesinada por su padre en una de las visitas sin supervisión concedidas al agresor. En su dictamen, el Comité ratificó la obligación que tienen los Estados de “investigar la existencia de fallos, negligencia u omisiones por parte de los poderes públicos” que dejan sin protección a las víctimas de violencia de género. De igual forma recordó que para hacer esto realidad se necesita de “voluntad política y el apoyo de agentes estatales”. También se reconoció que España ha hecho frente a la violencia de género por medio de la formulación de leyes, concienciación, educación y capacitación, incluyendo la Ley Contra Violencia de Género del 2004. Sin embargo, identifica que persisten costumbres y prácticas por parte de jueces y juezas, fiscales, trabajadores sociales y otros agentes estatales, que constituyen discriminación contra las mujeres y que se traducen en estereotipos de género en el sistema judicial que llevan, con frecuencia, a que no se proteja de manera efectiva a las mujeres víctimas de violencia, ni a sus hijos e hijas. Por todo ello este Tribunal ha dictado condena unánime contra España. “La decisión del ComitéCEDAW reconoce que los estereotipos afectan el derecho de la mujer a un proceso judicial imparcial, lo que en el caso de Ángela la colocóa ella y a su hija en una situación de vulnerabilidad”, aseguró Paloma Soria abogada de Women’s Link, quien además recordó que el documento expresa que “el interés superior de los niños y niñas tiene que prevalecer, y eso quiere decir que los y las menores tienen derecho a ser oídos”. Por desgracia, siguen existiendo muchos casos similares al de Ángela y su difunta hija Andrea. La decisión de este Comité internacional que pone en evidencia los fallos del sistema, da la oportunidad para que el Estado adopte las medidas incluidas en el dictamen y busque soluciones reales para evitar que las mujeres víctimas de violencia y sus hijos e hijas continúen desprotegidas. En ese sentido Ángela González expresó que “tras 11 años de búsqueda de justicia, hay un pronunciamiento que no solo me satisface a mí, sino que se convierte en una oportunidad para que no haya más mujeres y niñas que tengan que pasar por lo que mi hija y yo vivimos”. Lo que debe hacer el Estado La condena que emitió el Comité obliga al Estado español a reparar de manera adecuada y a indemnizar integralmente a Ángela González, así como a realizar una investigación que determine los fallos que existieron en su caso y que causaron que ella y su hija estuvieran desprotegidas. Para evitar la repetición de situaciones similares, se exige que se tomen “medidas adecuadas y efectivas para que los antecedentes de violencia de género sean tenidos en cuenta al momento de estipular los derechos de custodia de modo que se ponga en peligro la seguridad de las víctimas de violencia de género, incluidos los hijos”. Adicionalmente, manda a que se refuerce la implementación del marco legal para responder adecuadamente a la violencia de género. Por último, se obliga a que los jueces, juezas y personal administrativo competente, reciban formación obligatoria sobre estereotipos de género. El Estado español tiene seis meses para reportar al Comité, mediante un escrito, las medidas que haya tomado en cumplimiento de esta decisión y debe de difundir ampliamente la decisión “a fin de alcanzar todos los sectores pertinentes de la sociedad.” Hechos del caso Ángela es una sobreviviente de violencia de género. Decidida a acabar con esa violencia, huyó de la casa familiar con su hija Andrea, que entonces tenía 3 años, denunció el maltrato que sufrían y solicitó la separación del agresor. El maltrato continuó después del divorcio, incluso a través de su hija Andrea, quien era interrogada acerca de la vida sentimental de su madre y amenazada con no ser llevada de vuelta con su madre si no le contestaba. A pesar de las más de 30 denuncias interpuestas por Ángela, los estereotipos que persisten en el sistema de justicia – que las mujeres denuncian la violencia a la que son sometidas porque buscan obtener beneficios en los procesos de separación y que los hijos e hijas de parejas separadas necesitan mantener contacto con sus padres para su buen desarrollo – impidieron que se protegiera de manera adecuada a ella y a su hija Andrea, que terminó siendo asesinada por el agresor antes de que este se suicidara. La decisión completa puede ser consultada acá. |